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Se fortalece la prevención en Chiapas a través del Fondo Municipal de Protección Civil

  • Los ayuntamientos deben colaborar con las acciones del Sistema Estatal para ejecutar medidas de protección a la población, contra peligros y riesgos.

  • Fondo Municipal de Protección Civil, instrumento para fortalecer la protección civil con capacitación y equipamiento.

El secretario de Protección Civil, Luis Manuel García Moreno señaló que a través del Fondo Municipal de Protección Civil, los ayuntamientos deberán colaborar con las acciones del Sistema Estatal para ejecutar medidas correspondientes a la protección de la población, contra peligros y riesgos que se presenten ante un desastre, tal como lo establece la Ley de Protección Civil del estado de Chiapas.

En el marco de la Reunión Estatal de Protección Civil, el titular de la dependencia se reunió con el presidente municipal de San Juan Cancuc, Manuel López Guzmán, con la finalidad de fortalecer la protección civil a través del Fondo Municipal, con acciones de prevención, capacitación y equipamiento para garantizar la integridad física de los habitantes de ese municipio.

Con relación a lo anterior, explicó que en el artículo 122 de la Ley de Protección Civil se determina que los municipios destinarán el cinco por ciento de su techo financiero, específicamente del rubro a que cite los lineamientos de operación del Fondo Municipal, para el equipamiento de la Unidad Municipal, obras de reducción y mitigación de riesgos y conformación de la reserva estratégica para la ayuda humanitaria, que incremente la capacidad del Sistema Municipal para regular los fenómenos que afectan a la población y realizar acciones de prevención.

Cabe destacar que derivado del Decreto publicado en el Periódico Oficial del Estado, el 28 de septiembre de 2016, en el que se obliga a todos los municipios a conformar Comités de Prevención y Participación Ciudadana, los Sistemas Municipales de Protección Civil llevarán a cabo las acciones de fortalecimiento, debiendo proveer para ello, recursos del Fondo Municipal de Protección Civil u otra fuente de financiamiento municipal, con base en las disposiciones establecidas en la Ley de Protección Civil del estado de Chiapas, su reglamento y demás ordenamientos legales aplicables.

Finalmente, García Moreno destacó que cada municipio deberá asegurar la continuidad de la operatividad de los Comités de Prevención, en cada cambio de administración municipal, a través de la gestión necesaria para evitar su desintegración y deberá vigilar su funcionamiento durante cada administración para desarrollar una cultura de Protección Civil en cada una de sus localidades, como lo estipula el artículo 8 de este decreto.

Fuente:

Secretaría de Protección Civil

Actualizado al:

26 de January del 2017